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En principio, HUMAN será responsable de los daños y perjuicios de conformidad con las disposiciones legales. No obstante, en caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales esenciales, la responsabilidad de HUMAN se limitará al reembolso de los daños típicos y previsibles; en caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales no esenciales, la responsabilidad de HUMAN quedará excluida. La limitación de responsabilidad antes mencionada no se aplicará en caso de daños causados a la vida, la integridad física o la salud.
El lugar de cumplimiento para entregas, pagos y garantías será Wiesbaden.
Para todos los litigios, se acuerda Wiesbaden como lugar de jurisdicción para comerciantes inscritos en el Registro Mercantil como tales, entidades de derecho público o fondos separados de derecho público. Esto también se aplicará a las acciones iniciadas en virtud de un procedimiento sumario que decida sobre reclamaciones derivadas de una letra de cambio, o a las acciones iniciadas para hacer valer una reclamación relativa al pago de un cheque. Esto se aplicará además en caso de que la residencia o el domicilio habitual del ordenante sean desconocidos, se encuentren en el extranjero o hayan sido trasladados allí. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) no es aplicable a menos que se haya acordado su aplicabilidad por escrito.
Fecha: Febrero de 2018
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